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Viernes, 03 de Julio de 2026

Redacción
Viernes, 03 de Julio de 2026
Chiringuitos

La justicia ordena el cierre de los chiringuitos de La Calita: El juez tumba el recurso de los empresarios y ratifica el precinto en Puerto Sherry

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cádiz dictamina que debe prevalecer el interés general y la legalidad urbanística frente al beneficio económico de los locales

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cádiz ha desestimado la solicitud de medidas cautelares y cautelarísimas interpuesta por la empresa concesionaria de los establecimientos de ocio ubicados en la playa de La Calita, en Puerto Sherry. Con esta resolución judicial, el magistrado avala de forma provisional la orden de cierre y el precinto decretado por el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, rechazando la petición de los empresarios que pretendían mantener la actividad de los locales durante la temporada estival mientras se resuelve el fondo del litigio.

 

Según consta en el auto oficial notificado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la decisión judicial se fundamenta en la prevalencia del interés general. El tribunal determina de manera taxativa que la protección de la legalidad urbanística y el cumplimiento de la normativa en materia de costas deben anteponerse al interés económico particular de la entidad explotadora. La resolución judicial sostiene que levantar la orden de cierre municipal de forma cautelar podría suponer una consolidación de situaciones contrarias al ordenamiento jurídico vigente.

 

El auto judicial despeja el camino al Ayuntamiento de El Puerto para ejecutar el precinto de los locales de La Calita.

 

La pugna jurídica se remonta a los expedientes sancionadores y de restablecimiento de la legalidad incoados por el consistorio portuense debido a presuntas irregularidades en las licencias y la ocupación del dominio público marítimo-terrestre. Aunque la empresa concesionaria alegó daños económicos irreparables ante la inminente pérdida de la campaña de verano y el empleo de los trabajadores, el juez ha concluido que dichos perjuicios son de carácter meramente patrimonial y, por tanto, evaluables económicamente y resarcibles en caso de que una sentencia futura les diera la razón.

 

Con este pronunciamiento, el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María cuenta con el respaldo de los tribunales para ejecutar las órdenes administrativas de cese de actividad que pesaban sobre los denominados 'chiringuitos' de Puerto Sherry. Las partes personadas en el procedimiento ordinario disponen ahora de los plazos legales correspondientes para presentar los recursos de apelación frente a este auto dictado en primera instancia. 

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