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Miércoles, 03 de Junio de 2026

Redacción
Miércoles, 03 de Junio de 2026
IBI

El Ayuntamiento de Jerez exime del IBI a 1.473 fincas urbanas afectadas por las inundaciones

La medida, que supone un alivio económico de 176.154,22 euros, se aplicará de oficio para evitar gestiones administrativas a los damnificados por los desalojos

La alcaldesa de Jerez, María José García-Pelayo, ha anunciado que el Ayuntamiento concederá la exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al ejercicio 2026 a un total de 1.473 fincas urbanas situadas en la zona rural del municipio. Esta decisión responde a los daños y desalojos provocados por las inundaciones registradas recientemente en diversos núcleos de población.

 

Gestión ágil y sin trámites

 

Con el objetivo de agilizar la aplicación de esta medida y evitar cargas administrativas innecesarias a los vecinos, el Ayuntamiento ha optado por tramitar las exenciones de oficio. El Consistorio, tras identificar los inmuebles mediante el cruce de datos entre las zonas evacuadas y los registros tributarios, notificará individualmente a cada familia beneficiaria antes de que finalice el plazo de pago voluntario. Asimismo, el Ayuntamiento procederá a la devolución de las cantidades a aquellos contribuyentes que ya hayan abonado los recibos del presente ejercicio.

 

Compensación estatal y alcance de la medida

 

La cuantía global de esta actuación asciende a 176.154,22 euros. Este importe será posteriormente solicitado al Estado para su compensación, amparándose en lo dispuesto por el Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, que recoge medidas urgentes para responder a los daños causados por fenómenos meteorológicos adversos en Andalucía y Extremadura.

 

Aunque la relación de inmuebles afectados ya ha sido identificada, la alcaldesa ha señalado que el Consistorio mantiene abierta la posibilidad de analizar situaciones particulares. Por ello, aquellos propietarios que consideren que sus fincas han sufrido daños directos por las inundaciones y cumplan los requisitos podrán presentar una solicitud para su estudio individualizado y valoración por parte de los servicios municipales.

 

Apoyo al sector agrario

 

Junto a la exención del IBI urbano, la normativa contempla ayudas destinadas a explotaciones agrarias afectadas por el temporal. A diferencia de los inmuebles urbanos, la gestión de estas ayudas se llevará a cabo al cierre del ejercicio económico. Los titulares deberán acreditar una disminución de sus ingresos superior al 20% en comparación con la media de los últimos tres años, por lo que este procedimiento no podrá iniciarse hasta el próximo año, una vez recopilada la información necesaria.

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