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Viernes, 22 de Mayo de 2026

Redacción
Viernes, 22 de Mayo de 2026
Sucesos

Condenada una mujer en la provincia por estafar más de 9.000 euros a un hombre vulnerable fingiendo un embarazo de trillizas

La Audiencia Provincial de Cádiz impone una pena de prisión por un delito continuado de estafa agravada, tras demostrarse que la procesada usó ecografías falsas de internet para engañar a la víctima

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz ha dictado una sentencia condenatoria contra una mujer acusada de urdir un cruel engaño sentimental y económico. La procesada logró estafar de manera continuada más de 9.000 euros a un hombre con discapacidad intelectual y una fuerte dependencia emocional, infundiéndole la falsa ilusión de que iban a ser padres de trillizas.

 

Según recogen los hechos probados de la resolución judicial, la acusada mantuvo una relación afectiva con la víctima y, aprovechándose de su situación de especial vulnerabilidad, diseñó un plan para obtener un beneficio ilícito a su costa. Para dar veracidad al supuesto embarazo múltiple, la mujer llegó a mostrarle ecografías e informes médicos falsificados que previamente había descargado de internet, logrando que el hombre se involucrara por completo en el proceso.

 

Bajo el pretexto de costear supuestas complicaciones médicas de urgencia, revisiones ginecológicas privadas y la adquisición de ropa y enseres para las futuras bebés, la condenada exigió de forma reiterada entregas de dinero en metálico y transferencias bancarias. La víctima, movida por el engaño y su deseo de paternidad, llegó a desembolsar todos sus ahorros hasta que el entorno familiar detectó el fraude y procedió a interponer la correspondiente denuncia.

 

El tribunal ha considerado a la procesada autora responsable de un delito continuado de estafa, aplicando además la modalidad agravada debido al perfil de la víctima, cuyo grado de discapacidad era perfectamente conocido por la autora del engaño.

 

Además de la pena de prisión correspondiente, la sentencia obliga a la mujer a restituir de manera íntegra la cantidad económica sustraída a la víctima en concepto de responsabilidad civil, así como al pago de las costas procesales generadas durante el juicio.

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